“¡No te pierdas! Pago aguinaldo diciembre 2025 y cálculo de tu sueldo extra”

tupacbruch
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“¡No te pierdas! Pago aguinaldo diciembre 2025 y cálculo de tu sueldo extra”

Diciembre en Argentina marca el vencimiento de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), un ingreso extra fundamental para los trabajadores a la hora de afrontar los gastos de las fiestas de fin de año, las vacaciones y la planificación financiera de cierre de ciclo. El medio aguinaldo también puede ser una ocasión en la cual las familias saldan deudas con las tarjetas de crédito y entidades financieras, o por el contrario, se animan a hacer alguna compra necesaria que implica un gasto importante.

Pago adelantado para jubilados y pensionados

En el caso de jubilados y pensionados, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya anunció que el medio aguinaldo de diciembre se pagará por adelantado, entre el 9 y el 23 de diciembre. La intención del organismo es asegurar que este refuerzo económico llegue antes de las Fiestas, acompañado del bono extraordinario de 70.000 pesos.

Fecha de cobro y monto a percibir

Para el trabajador en relación de dependencia, conocer la fecha exacta de cobro y cómo determinar el monto a percibir es crucial para la administración eficiente de sus finanzas personales. Este pago, popularmente conocido como aguinaldo, está rigurosamente regulado por la legislación laboral nacional.

### ¿Cuándo se paga el aguinaldo? Fecha tope legal

El plazo límite para que los empleadores realicen el depósito del segundo tramo del SAC está claramente establecido por una modificación legal que precisa la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

El fundamento legal para la fecha de pago se encuentra en el Artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, en su versión modificada por la Ley N° 27.073. Dicha ley, sancionada en 2014, fue la normativa que introdujo una modificación clave al artículo de la LCT que rige las fechas de pago del SAC.

El Artículo 122 de la LCT, según esta modificación, establece de forma explícita que: “El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.”

– Margen de demora: Si bien el 18 de diciembre es la fecha de vencimiento, la legislación laboral tradicionalmente otorga un período de gracia de cuatro días hábiles posteriores a la fecha límite para realizar el pago, sin que esto implique un incumplimiento sancionable inmediatamente.

Por lo tanto, la fecha límite para el pago del aguinaldo de diciembre 2025 es el jueves 18 de diciembre. En ese marco, la fecha tope para el pago legal, incluyendo el período de gracia de cuatro días hábiles, se extendería hasta el miércoles 24 de diciembre (Nochebuena).

Guía para calcular el monto exacto del aguinaldo

El cálculo del aguinaldo se basa en el principio de la mayor remuneración devengada en los últimos 6 meses, y se rige por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

El importe del Sueldo Anual Complementario (SAC) es equivalente al 50% (la mitad) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre correspondiente. En este caso, dentro del semestre julio-diciembre 2025.

La remuneración a considerar incluye no solo el salario básico, sino todos los conceptos salariales remunerativos que haya percibido el trabajador, tales como:
– Sueldo básico (con todos los aumentos del semestre).
– Horas extras trabajadas.
– Comisiones de ventas.
– Premios, bonificaciones y viáticos sin rendición.
– Cualquier otro concepto remunerativo.

Entonces, el primer paso para hacer el cálculo es identificar el mes (entre julio y diciembre) en el que la suma de estos conceptos fue la más alta.

### Fórmula estándar

Si el trabajador prestó servicios durante los seis meses completos (julio a diciembre), la fórmula es simple:
– Aguinaldo = Mayor Remuneración Mensual del 2° Semestre/2

### Cálculo Proporcional

Si el trabajador no prestó servicios para el mismo empleador el semestre completo (por ejemplo, inició su relación laboral después del 1° de julio, o el contrato finalizó antes del 31 de diciembre), deberá cobrar el aguinaldo en proporción a los meses trabajados. La fórmula en ese caso pasa a ser la siguiente:
– Monto Aguinaldo Proporcional =(Mayor Remuneración Mensual del 2° Semestre/12) x Meses Trabajados

Ejemplo: Si el mejor sueldo del semestre fue de $400.000 y el trabajador solo prestó servicios por 4 meses, el cálculo sería: $400.000 / 12) x 4 = $133.333,33.

### ¿Por qué hay fecha límite el 18 de diciembre?

El objetivo de que el medio aguinaldo de diciembre llegue a los bolsillos de los trabajadores cada año a más tardar el día 18 del mes es ofrecer previsibilidad a las familias y los empleadores, de manera de que tengan capital para afrontar las compras de las Fiestas de Fin de Año, abonar pasajes en caso de quienes viajan a ver a sus seres queridos, etc.

En relación a esto, la Ley 27.073 también aborda un punto técnico fundamental: dado que el pago se hace el 18 de diciembre, es imposible saber con exactitud cuál será la remuneración total devengada al 31 de diciembre (por ejemplo, por horas extras trabajadas entre el 19 y el 31).

Para solucionar esto, la ley obliga al empleador a estimar el salario de diciembre. Si el salario efectivamente devengado en diciembre resulta ser mayor que la estimación utilizada para el cálculo del aguinaldo, la diferencia que resulte debe integrarse al salario del mes de diciembre.

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